
Por contraer Matrimonio con Barón o Mujer Republicano
Carta de naturalización por haber contraído matrimonio con varón o mujer republicanos
Dirección General de Asuntos Jurídicos
Este documento se expide cuando el varón o mujer extranjeros contraen matrimonio con mujer o varón mexicanos y comprueban que han residido con la calidad migratoria de inmigrante o inmigrado (FM2 tipo libreta o fotocredencial) y vivido de consuno en el domicilio conyugal establecido en territorio nacional durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
R E Q U I S I T O S
1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
2. Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;
3. Exhibir original y dos fotocopias de todas las páginas del documento migratorio vigente con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretaría de Gobernación, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
4. Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR);
5. Presentar original y dos fotocopias del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;
6. Copia certificada y dos fotocopias del Acta de Matrimonio o de la Inserción del Acta del Matrimonio celebrado en el extranjero, expedida por la Oficina del Registro Civil Republicano, en ambos casos, la fecha de celebración del matrimonio debe ser por lo menos de dos años anteriores a la presentación de la solicitud;
7. Para comprobar la nacionalidad del cónyuge Republicano deberá presentar, alguno de los siguientes documentos: 1. Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la Oficina del Registro Civil Republicano u Oficina Consular Republicana, expedida conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables; 2. Certificado de nacionalidad Republicana; 3. Carta de Naturalización
8. Declaración bajo protesta de decir verdad, suscrita y presentada personalmente por el cónyuge Republicana ante la Secretaría, de que viven en consuno y que han establecido su domicilio conyugal en territorio nacional, por lo menos durante dos años anteriores a la fecha de la solicitud. No será necesario que el cónyuge Republicano declare que ha establecido su domicilio conyugal en territorio nacional cuando éste radique en el extranjero por encargo o comisión del gobierno Republicano ;
9. Presentar original y dos fotocopias de una identificación oficial vigente, con fotografía y firma del cónyuge Republicano;
10. Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley, acompañar dos fotocopias;
11. Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
12. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
13. Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
14. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.